Con la aprobación de la Ley Crea y Crece de hace unos meses el gobierno estableció la obligación de emitir facturas electrónicas entre empresas, profesionales y autónomos, aunque para su entrada en vigor teníamos que esperar a la promulgación de un reglamento que desarrollara los detalles de implementación.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital publicó recientemente el borrador del reglamento técnico que extenderá la obligación de facturar electrónicamente al 100% de las empresas españolas, incluidas PYMES y autónomos.
Borrador sobre el reglamento técnico de factura electrónica B2B en España
El borrador presentado por las autoridades españolas define los requerimientos técnicos sobre los que se basaría el desarrollo de la ley definitiva que regulará el funcionamiento a de la factura electrónica obligatoria en España.
En él se hace especial hincapié en los mecanismos que permitan verificar la fecha de pago, y los mecanismos de control y acuses de respuesta entre emisores y pagadores para controlar los plazos de pago e índices de morosidad. El texto presentado pone el foco igualmente en los requisitos mínimos de interoperabilidad entre proveedores de soluciones tecnológicas de factura electrónica, seguridad, control y normalización de los dispositivos y sistemas informáticos.
El texto también anticipa las características de la plataforma pública de facturación electrónica gestionada por la agencia tributaria española, y que actuará como hub de concentración para todas las facturas electrónicas intercambiadas. Sean estas procesadas a través de esta plataforma, o mediante el empleo de proveedores privados.
Características y obligaciones de la factura electrónica
- La factura electrónica deberá asegurar la integridad y autenticidad del contenido. Esto se consigue a través de:“firma electrónica avanzada”, “intercambio electrónico de datos EDI”; “otros medios que hayan sido comunicados y validados previamente por la Agencia Estatal de Administracion Tributaria”
- Las facturas entre empresarios y profesionales deberán ser expedidas, emitidas y recibidas en formato electrónico.
- Deberán proporcionar información sobre el estado de las facturas
- El envío y recepción de facturas entre emisor y receptor deberá de llevarse a cabo a través de una plataforma de intercambio de facturas electrónicas con una infraestructura tecnológica que permita el direccionamiento
- El envío y recepción de facturas podrá realizarse mediante plataformas de facturación electrónica privadas, públicas (las cuáles gestionará la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de FACTURAE) o combinando ambas
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Las soluciones de facturación de Quartup están preparadas para implementar estas modificaciones en el momento de aplicación de esta Ley, garantizando los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.